En relación con las exigencias para limitar el riesgo de propagación exterior del incendio, PIM-Hispalyt establece, de forma simplificada y del lado de la seguridad, que la fachada debe tener una resistencia al fuego, EI, igual o superior a EI60.

Las fachadas deben cumplir una exigencia de resistencia al fuego con el fin de limitar el riesgo de propagación del incendio, a través de la misma, entre distintos sectores o zonas con diferentes condiciones de resistencia al fuego o grados de protección, así como entre diferentes edificios. Por ello, se establece que las fachadas colindantes con otras fachadas o cubiertas pertenecientes a distintos sectores y zonas o a distintos edificios, deben tener una resistencia al fuego igual o superior a EI60, al menos en una franja con una anchura mínima establecida en el SI2.

Adicionalmente, deberá comprobarse que se cumplen las distancias y alturas establecidas en el SI2 para aquellos elementos de la fachada que presenten una resistencia al fuego menor de EI60.

La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B-s3,d2 hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando ésta exceda de 18 m, con independencia de dónde se encuentre su arranque.